Protección durante el trayecto
La cobertura está vinculada al recorrido registrado en tu tiquete.
Agrega el Micro Seguro a tu tiquete y protege tu recorrido frente a accidentes durante el viaje.
Solicítalo al momento de comprar tu tiquete en una taquilla de Expreso Palmira.
Comparar coberturas →La cobertura está vinculada al recorrido registrado en tu tiquete.
Agrégalo fácilmente cuando estés comprando tu pasaje.
Encuentra opciones para rutas cortas, medias y largas.
Al comprar tu tiquete en taquilla puedes agregar el Micro Seguro de Expreso Palmira, una opción que te brinda protección frente a accidentes ocurridos durante el trayecto terrestre.
Elige el plan correspondiente a tu ruta y continúa tu viaje con mayor tranquilidad.
El valor y las coberturas dependen del tipo de ruta correspondiente a tu viaje.
Los valores indicados corresponden a la prima comercial por trayecto y a los montos asegurados definidos para cada plan.
Estas son las principales coberturas disponibles según el plan correspondiente a tu ruta.
Reconoce una indemnización a los beneficiarios designados o de ley cuando el fallecimiento sea consecuencia directa de un accidente vial ocurrido durante el trayecto.
Brinda cobertura cuando un accidente amparado ocasiona una pérdida de capacidad laboral superior al 50%, debidamente calificada.
Reconoce una indemnización porcentual ante la pérdida anatómica o inhabilitación funcional definitiva de miembros u órganos.
Incluye auxilios para pérdida definitiva de equipaje, acompañamiento familiar y tiquete de regreso por fallecimiento de un familiar.
El Plan Ruta Larga incorpora servicios de asistencia administrados por la red GEA, limitados a un único evento por trayecto.
Solicita la protección antes de finalizar la compra de tu tiquete.
Acércate a una taquilla de Expreso Palmira y elige la ruta de tu viaje.
Solicita al asesor el plan correspondiente a tu ruta antes de finalizar la compra.
La cobertura ampara exclusivamente al titular registrado en el censo del viaje.
Viaja con el respaldo correspondiente al plan que agregaste a tu tiquete.
La cobertura ampara exclusivamente al titular debidamente registrado en el censo del viaje y se limita al trayecto terrestre realizado por el vehículo.
Consulta la información más importante sobre la compra, vigencia y funcionamiento del Micro Seguro.
Revisa esta información antes de adquirir el Micro Seguro.
La suma asegurada bajo los amparos opcionales de incapacidad total y permanente y desmembración accidental no es acumulable con la prestación del amparo básico ni entre sí.
Cualquier pago previo por desmembración se deducirá del pago correspondiente a invalidez. El desembolso total del 100% de la suma asegurada bajo cualquiera de las coberturas opcionales implicará la terminación inmediata del seguro.
La cobertura es otorgada por Pan-American Life de Colombia S.A. y ampara exclusivamente al titular debidamente registrado en el censo del viaje.
La vigencia se limita al trayecto terrestre recorrido por el vehículo, con una permanencia máxima e improrrogable de treinta horas, verificada mediante los registros impresos en el tiquete del pasajero.
Agrega el Micro Seguro desde $100 al momento de comprar tu tiquete en una taquilla de Expreso Palmira.
Ver los planesConcede el derecho al cobro de la indemnización a los beneficiarios designados o de ley cuando el fallecimiento del asegurado ocurra como consecuencia directa de un accidente vial dentro del trayecto.
El fallecimiento debe tipificarse dentro de los 365 días siguientes a la ocurrencia del siniestro. El homicidio no se considera muerte accidental.
Aplica para asegurados menores de 65 años cuya invalidez se origine en un evento accidental amparado.
Requiere una pérdida de capacidad laboral estrictamente superior al 50%, debidamente calificada por las Juntas de Invalidez u organismos legalmente competentes. La incapacidad debe persistir por un periodo continuo mínimo de 180 días.
Reconoce una indemnización porcentual ante la pérdida anatómica o inhabilitación funcional definitiva igual o superior al 75% de miembros u órganos, manifestada dentro de los 180 días posteriores al siniestro.
Las pérdidas bilaterales de ambas manos, ambos pies o ceguera total reconocen el 100% del valor asegurado. Las pérdidas unilaterales de extremidades u órganos visuales o auditivos reconocen el 50%.
Las asistencias son administradas por la red GEA y están limitadas a un único evento por trayecto.